HomeNoticiasProyecto de ley reduciría de 2,000 a 500 hectáreas para ser considerado pequeño productor minero

Proyecto de ley reduciría de 2,000 a 500 hectáreas para ser considerado pequeño productor minero

El Poder Ejecutivo presentó ante el Congreso de la República un proyecto de ley para reducir de 2,000 a 500 hectáreas el área para que un concesionario sea considerado pequeño productor minero (PPM) y de 1,000 a 200 hectáreas para que un concesionario sea considerado productor minero artesanal (PMA).

Igualmente, o en todo caso, para ser considerado PPM el concesionario debe poseer, por cualquier título, una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de 150 toneladas métricas (TM) por día, las que reduce desde 350 TM de la norma vigente.

En el caso de los productores de minerales no metálicos y materiales de construcción, el límite máximo de la capacidad instalada de producción y/o beneficio será de hasta 200 TM por día, frente a las 1,200 TM ahora vigentes.

En el caso de los yacimientos metálicos tipo placer, el límite máximo de la capacidad instalada de producción y/o beneficio será de 500 metros cúbicos por día, respecto a los 3,000 metros cúbicos ahora vigentes.

Igualmente, o en todo caso, para ser considerado PMA el concesionario debe poseer, por cualquier título, una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de 15 TM por día, las cuales reduce desde 25 TM.

En el caso de los productores de minerales no metálicos y materiales de construcción, el límite máximo de la capacidad instalada de producción y/o beneficio será de hasta 50 TM por día, frente a las 100 TM.

En el caso de los yacimientos metálicos tipo placer, el límite máximo de la capacidad instalada de producción y/o beneficio será de 100 metros cúbicos por día, respecto a los 200 metros cúbicos ahora vigentes.

Finalmente, el proyecto precisa que el titular minero que cuente con calificación de pequeño productor minero o productor minero artesanal a la entrada en vigencia de la propuesta legislativa, mantendrá dicha condición hasta el vencimiento indicado en su calificación, pero aquel cuya calificación se encuentre en trámite deberá adecuarse a la nueva normativa.

El Poder Ejecutivo explicó que el proyecto de Ley que dicta normas para el ordenamiento de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, tiene como fin que este régimen excepcional y de protección a ambas minerías no sea desvirtuado y aprovechado por quienes realizan actividades que realmente corresponderían al régimen general (mediana y gran minería)

En ese sentido, señaló que habiéndose evaluado la aplicación de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal y su modificatoria, es necesario establecer nuevos parámetros acordes a la realidad actual.

En primer bimestre e
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wflores@mineriaperu.com

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1 COMMENT
  • Carlos Sanchez / June 2, 2011

    Me gustaría conocer en detalle el proyecto de Ley

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